En esta entrada queremos sacar pecho con algo muy importante que a veces pasa desapercibido: los requerimientos legales que llevan asociada una formación tan necesaria como interesante. En este caso, os hablamos de una formación permanente obligatoria por ley que deben cumplir todos aquellos profesionales del deporte que se dediquen a tratar con niños, como entrenadores e instructores. Esta se realiza frecuentemente y nuestros instructores la completan satisfactoriamente (hace pocos días ha sido la última edición).

Como ejemplo de los contenidos del curso, os podemos referir a lo indicado en el «Protocolo de actuación» del plan:

  • La educación en la prevención y detección precoz de toda forma de violencia a la que se refiere esta ley.
  • Las actuaciones a llevar a cabo una vez que se han detectado indicios de violencia.
  • La formación específica en seguridad y uso seguro y responsable de Internet, incluyendo cuestiones relativas al uso intensivo y generación de trastornos conductuales.
  • El buen trato a los niños, niñas y adolescentes.
  • La identificación de los factores de riesgo y de una mayor exposición y vulnerabilidad ante la violencia.
  • Los mecanismos para evitar la victimización secundaria.
  • El impacto de los roles y estereotipos de género en la violencia que sufren los niños, niñas y adolescentes.
  • Formación específica en materia de educación inclusiva.

Así que ya sabéis, siempre exigid a los instructores y entrenadores de vuestros hijos que tengan la formación obligatoria y necesaria ocuparse de ellos. ¡Hagamos del deporte un espacio seguro para los niños!

Certificado de Minchi de la formación de protección al menor

Este es el certificado de Minchi de la anterior edición, de diciembre de 2024

Nuestros jóvenes aikidokas, nuestro mayor tesoro. ¡Cuidémoslo!